En el Boletín Oficial del 12 de abril, se ha publicado la Resolución de 8 de abril de 2011, de la Consejería de industria y empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la creación de empleo ligada a proyectos de inversión de especial interés para la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Objeto:
Tiene por objeto regular la concesión de ayudas a la creación y mantenimiento de empleo ligada a proyectos de inversión de especial interés que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en las bases. Estos proyectos se consideran de especial interés, "estratégicos", al ser desarrollados por empresas que actúen en sectores de la actividad económica que impliquen un efecto dinamizador importante en la economía regional:
- por el volumen de inversión que generan
- por el empleo que crear y mantener
- por su alto contenido tecnológico
- por su ubicación estratégica
- por ser altamente competitivos
- por cualquier otra circunstancia de carácter técnico, económico, financiero, comercial o medioambiental.
La forma de ayuda a la inversión regional se calcula en función de los costes salariales (estimados) correspondientes a los puestos de trabajo directos creados por el proyecto de inversión durante el período de vigencia.
El plazo de vigencia establecido en la resolución de concesión, es decir, el período durante el cual tienen que quedar cumplidas todas las condiciones establecidas en la Resolución de concesión, no superará los tres años siguientes a la finalización de la inversión.
Se entenderá por ayudas a la inversión, las ayudas concedidas para un proyecto de inversión inicial.
Por “inversión inicial” se entiende una inversión en activos materiales e inmateriales para:
• La creación de un nuevo establecimiento.
• La ampliación de un establecimiento existente, entendiendo por tal las inversiones que impliquen un aumento de la capacidad final de producción.
• La diversificación de la producción de un establecimiento para atender mercado en productos nuevos y adicionales.
• Una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente, que conlleve la incorporación de instalaciones técnicas, bienes de equipo y/o otros activos fijos materiales, siempre que la inversión subvencionable supere el 150% de la media de la dotación para amortizaciones del inmovilizado de la empresa de los dos últimos años. Cuando la inversión se refiera exclusivamente a la adquisición de bienes de equipo que supongan un cambio esencial en el proceso general de producción,no se aplicará el criterio anterior.
• La adquisición de activos fijos vinculados directamente a un establecimiento, cuando este establecimiento haya cerrado, o lo hubiera hecho de no haber sido adquirido, y los activos sean adquiridos por un inversor independiente.
Por “activos materiales” se entienden los relativos a terrenos, edificios, instalaciones y maquinaria.
Por “activos inmateriales” se entienden los relativos a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados.
Beneficiarios
Podrán acceder a la condición de beneficiario las sociedades, con personalidad jurídica, que lleven a cabo proyectos de inversión empresarial en el Principado de Asturias.
Deberán estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y ocupar al menos a un trabajador a tiempo completo.
Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva entre los proyectos que se presenten y se regirán por lo dispuesto en el Reglamento (CE) N.º800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008(publicado el 9 de agosto de 2008, DOUE L 214/3 a 214/47), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado(Reglamento general de exención por categorías) o cualquier otra disposición que lo sustituya.
El marco normativo comunitario de esta Resolución, lo constituyen las Directrices de Ayudas de Estado de Finalidad Regional para el período 2007-2013 (2006/C 54/08).
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