lunes, 11 de abril de 2011

Ley de igualdad de mujeres y hombres


Se ha publicado, en el Boletín Oficial, la Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.

El capítulo II del título II, está dedicado a la formación profesional para el empleo: Artículos 33 a 35. Desarrolla los siguientes temas:

- Integración del principio de igualdad de genero en la formación profesional para el empleo

- Acciones positivas para la igualdad de género, en el marco de la formación profesional

- Conciliación de la vida laboral y familiar en la formación profesional para el empleo y continua

En detalle:

- Integración del principio de igualdad en la formación profesional.
1. la administración del Principado de Asturias favorecerá la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de manera transversal, en el ejercicio de sus competencias, en materia de formación profesional ocupacional y continua.

2. En cumplimiento de este mandato, se incorporará la perspectiva de género en el diseño y planificación de los distintos programas formativos, en la potenciación de la formación de los colectivos desfavorecidos, en la atención a las necesidades formativas específicas del personal de las pequeñas y medianas empresas y de las trabajadoras y trabajadores autónomos, en la concesión de subvenciones o ayudas y en el diseño de los mecanismos de evaluación.

- Acciones positivas en el marco de la formación profesional.

La consejería competente en materia de diseño y ejecución de los programas de formación ocupacional y continua y en materia de inserción introducirá medidas que favorezcan la incorporación a dichos programas de las personas del sexo menos representado en la actividad productiva de que se trate, atendiendo prioritariamente sus necesidades, siempre con el objetivo último de garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

- Conciliación de la vida laboral y familiar en la formación profesional ocupacional y continua.

1. la administración del Principado de Asturias facilitará el acceso a la formación profesional ocupacional y continua de las personas que sean titulares de familias monoparentales.

2. la administración del Principado de Asturias promoverá el incremento de la oferta de formación profesional no presencial o mixta para superar las limitaciones que los horarios de las actividades formativas puedan suponer a las necesidades individuales de conciliación de la vida familiar y laboral.


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